Padres de Oviedo: Salen libres tras encerrar a sus hijos 3 años

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha ordenado la puesta en libertad de los padres que mantuvieron confinados a sus tres hijos menores durante más de tres años en un chalé de las afueras de Oviedo. La resolución, notificada el 14 de julio de 2026 según informó Economist & Jurist, absuelve a los progenitores del delito de maltrato psicológico pero confirma su condena a seis meses de prisión por abandono de familia, pena ya cumplida.
La "sobreprotección mal entendida" que rebajó la condena
La Sala de lo Penal del TSJ de Asturias ha estimado parcialmente el recurso de los padres contra la sentencia de primera instancia. El tribunal descarta que existiera voluntad de infligir un trato degradante o humillante a los menores.
La resolución atribuye el confinamiento a una «sobreprotección mal entendida» originada por el miedo inicial al contagio de covid-19. Posteriormente, el temor se trasladó a la posible retirada de la custodia por no tener a los niños empadronados ni escolarizados.
El delito de abandono de familia se mantiene por un incumplimiento «flagrante e injustificado» de los deberes de la patria potestad. Los jueces entienden que los padres privaron gravemente a sus hijos del derecho a la educación y a la necesaria socialización.
El estado de los menores: secuelas reconocidas del 35% de discapacidad
La intervención de la Policía Local y los Servicios Sociales reveló condiciones de vida extremas. La vivienda presentaba deficientes condiciones de limpieza y un notable desorden que agravaba la situación.
Los menores padecían problemas de control de esfínteres por el uso prolongado de pañales. Extrañaban pisar la hierba, evidencia del aislamiento absoluto del entorno natural.
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En la actualidad, los tres hijos tienen reconocido un grado de discapacidad del 35% por trastorno del desarrollo psicológico. Esta cifra determinará su situación de dependencia y las prestaciones públicas a las que pueden acceder.
La Sala ordena la libertad inmediata: ¿qué pasa ahora?
El TSJ de Asturias ha notificado ya la sentencia al centro penitenciario para ejecutar la puesta en libertad de ambos progenitores. La pena de seis meses queda extinguida con el tiempo ya cumplido en prisión preventiva.
La resolución no es firme. La Fiscalía o la acusación particular pueden interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en los próximos días. El plazo legal para esta impugnación extraordinaria es de cinco días hábiles desde la notificación.
Si el Supremo admitiera el recurso, la doctrina sobre el límite entre sobreprotección parental y maltrato psicológico en menores podría consolidarse o rectificarse. Hasta entonces, los padres recuperan su libertad con la pena cumplida.
Preguntas frecuentes
¿Pueden los padres recuperar la custodia de sus hijos tras salir de prisión?
La sentencia no aborda la custodia, que probablemente permanece suspendida o en régimen de tutela por los Servicios Sociales. La recuperación del patria potestad exigiría un procedimiento de familia separado y la acreditación de condiciones adecuadas.
¿Cuánto tiempo pueden estar los menores sin escolarizar antes de que intervengan los servicios?
La escolarización obligatoria en España comienza a los seis años. La ausencia prolongada sin causa justificada constituye infracción administrativa grave y puede derivar en denuncia penal por abandono de familia, como ocurrió en este caso tras más de tres años.
¿Qué diferencia el maltrato psicológico del abandono de familia en este fallo?
El tribunal exige para el maltrato psicológico una voluntad específica de causar sufrimiento degradante, que no encontró. El abandono de familia, en cambio, se configura por el mero incumplimiento objetivo de los deberes parentales, independientemente del dolo.